En Ecuador la mujer trabajadora en estado de gestación tiene el derecho de gozar de una licencia. En este artículo despejarás muchas incógnitas sobre los siguientes aspectos: Cómo conseguir un subsidio por maternidad IESS , cuáles son los requisitos, cálculo de pago, cuánto tiempo me corresponde de reposo antes y después del parto y mucho más.
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Subsidio por maternidad del IESS
Al iniciar una relación de trabajo con una empresa, el empleado adquiere una serie de beneficios, entre ellos está la afiliación por ley al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Esta afiliación conlleva a cancelar los aportes personales y patronales, que a futuro brindan la cobertura ante las eventualidades o emergencias que pueda presentar el afiliado.
En el caso específicos de las trabajadoras, éstas gozan de la ventaja de poseer un subsidio por maternidad otorgado por esta organización gubernamental, el cual consiste tanto en la licencia por parto como la cobertura de los servicios médicos.
En el siguiente video se amplía la información relacionada con éste y otros subsidios monetarios del IESS en Ecuador.
¿Cuál es la cobertura del subsidio ?
El seguro de salud social brinda atención médica especializada antes, durante y después del parto a todas las mujeres embarazadas afiliadas al IESS.
El Código del Trabajo de Ecuador señala que además el subsidio cubre:
- Un reposo remunerado de 12 semanas: reposo prenatal de dos semanas previas a la fecha probable de parto y reposo postnatal de diez semanas posteriores al nacimiento del bebé. Si es parto múltiple el reposo se extiende por diez días más.
- Si es empleada de empresa privada el subsidio por maternidad equivale al 75% de la remuneración declarada en el pago de aportes.
- Se es empleada pública no percibe subsidio por maternidad, ya que recibe el sueldo completo durante las doce semanas de reposo.
- Luego de finalizar el reposo postnatal, la madre recibe un permiso de dos horas por lactancia materna hasta que el neonatal cumpla un año. Por lo tanto su jornada laboral se reduce de 8 a 6 horas diarias
- Atención médica del hijo que incluye medicinas y operaciones quirúrgicas desde el nacimiento hasta los 18 años de edad.
Información de interés:
- El aborto y el fallecimiento del niño al nacer se consideran como casos de enfermedad común para efectos del subsidio en dinero.
- La embarazada que desee atención médica y control prenatal debe agendar previamente una cita médica a través del portal: iess.gob.ec/salud-pages/private/principal,jsf o llamando a los números 140 y al 1800000
- A madre trabajadora no le pueden descontar ni reducir el salario por las dos horas de permiso para la lactancia materna.
- Las empresas que posean más de 50 trabajadores deben contar con un servicio de guardería para la atención, cuidado y alimentación del infante. O en su defecto asociarse a terceros que brinden el servicio.
Requisitos para Subsidio por maternidad IESS
Toda mujer embarazada que esté afiliada al Seguro social Obligatorio tiene el derecho de gozar al subsidio por maternidad siempre y cuando cumpla con los requisitos siguientes:
Antes del parto
- No debe existir mora patronal.
- Registrar, 2 semanas antes de la fecha de parto, la cuenta bancaria donde se depositara el subsidio: si es de Quito se registra en la matriz del IESS. Si es de Provincia se registra en la jefatura Provincial del IESS correspondiente.
- Entregar, 2 semanas antes de la fecha de parto, un certificado médico:
Ingreso para el parto
La afiliada debe consignar:
- Datos de aporte: Poseer mínimo 12 aportaciones consecutivas antes del reposo prenatal, o en 16 meses reunir mínimo 378 días de aporte.
- Original y copia de la cédula de Ciudadanía.
Egreso postparto
Luego del nacimiento del bebé, para obtener el alta del centro médico debes considerar lo siguiente:
- Recibir la nota de alta.
- Recoger del servicio neonatal la tarjeta de la cuna (blanca) y el carnet de control infantil.
- La Secretaría de la unidad médica te dará una copia del certificado médico para que lo entregues en tu lugar de trabajo.
- Para obtener tu certificado médico debes acudir a la Secretaría de Obstetricia y consignar los tres documentos anteriores junto a:
- Original y copia de tu cédula de identidad
- Copia del certificado de reposo prenatal
- Presentar el ticket de donación de sangre por parte de un familiar emitido por la unidad médica en la que te atendieron. (Solo en caso del parto por cesárea)
Después del parto
La afiliada debe entregar en la ventanilla de estadística o en las oficinas de Calificación Medica u hospital IESS de su localidad:
- Certificado Médico emitido por el IESS o un particular.
- El subsidio se solicita hasta 8 días hábiles después del alumbramiento.
A continuación, explicaremos cómo se realiza el cálculo del subsidio por maternidad IESS, posteriormente pondremos a tu disposición un vídeo que te permitirá aclarar las dudas sobre este tema.
Cálculo del subsidio por maternidad IESS
Anteriormente se explicó que la cobertura del subsidio por maternidad consta de un reposo remunerado para la afiliada embarazada de 12 semanas dividido en dos periodos: prenatal (2 semanas antes del parto) y postnatal (10 semanas después del parto). Es importante señalar que el certificado de nacimiento debe indicar si el neonatal está vivo y el número de semanas de gestación.
Lo máximo que el IESS cancela de subsidio por maternidad son los 84 días especificados anteriormente, para ello se toma como sueldo base el mes previo al inicio del reposo prenatal o parto, de la empresa en la que es empleada activa.
Ese sueldo mensual se divide por el número de días trabajados, y le resultado de la operación es el promedio diario que percibe la trabajadora, del cual el IESS le cancelará el 75% durante el tiempo de maternidad a subsidiarse. El otro 25% de la remuneración le corresponde al empleador pagarlo, así como debe cancelar los aportes mensuales completos percibidos por la trabajadora como si esta se mantuviera laborando.
De presentarse una complicación mayor durante el embarazo o después del parto que incapacitare a la asegurada, esta tiene derecho a un subsidio por enfermedad común hasta por 182 días.
Para el pago del subsidio por maternidad IESS se toma como base el mismo sueldo y liquidación tomados para la cancelación del subsidio por maternidad.
Obligaciones originadas en el trabajo
Cuando la mujer trabajadora queda embarazada tanto el empleador como ella adquieren una serie de obligaciones que permiten mantener una sana relación laboral.
Obligaciones del empleador
- Conceder a la mujer el reposo pre y post natal.
- El embarazo no es motivo de despido, por lo tanto la relación de trabajo no podrá cesar a causa del embarazo de la mujer trabajadora.
- No puede despedir a la mujer que perdure ausente de su puesto de trabajo hasta por un año a consecuencia de una incapacidad contraída en el embarazo o en el parto. (El certificado médico debe indicar esta enfermedad).
- Establecer o contratar un servicio de guardería infantil gratuito siempre que la empresa posea cincuenta o más trabajadores.
- Conceder el permiso de dos horas diarias remuneradas para la lactancia materna.
Obligaciones de la mujer trabajadora embarazada
- Presentar un certificado médico que justifique la ausencia al trabajo, debe indicar la fecha probable de parto o la fecha del último período.
- De producirse un despido la trabajadora embarazada deberá justificar la fecha en que se inició el embarazo presentando el certificado anterior emitido por un profesional del IESS o por otro centro de salud.
De esta forma hemos llegado al final de este artículo, esperando que haya sido de gran utilidad para ti. Te invitamos a conocer otros temas laborales propios de la nación ecuatoriana en los siguientes enlaces:
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