Compruebe el impuesto predial en Bogotá Y Barranquilla

Una propiedad destinada a uso habitacional, comercial o industrial, genera un tributo que debe ser cancelado, por el  dueño, al municipio donde se encuentra la propiedad. Conoce en este artículo como pagar dicho tributo o impuesto predial Barranquilla, en Colombia.

impuesto predial Barranquilla

Impuesto Predial Barranquilla

Una de las obligaciones tributarias de los ciudadanos colombianos que poseen propiedades de bienes raíces, es el impuesto predial. Todos los dueños de vivienda, fincas, locales comerciales e incluso locales industriales están en la obligación de cancelar el Impuesto Predial Barranquilla, Bogotá o en cualquier ciudad del país. La cancelación de este tributo beneficia a la ciudadanía, en cuanto a mejoras en el aspecto de la ciudad, ya que el pago recibido por este gravamen es usado en las políticas públicas de Barranquilla. En su embellecimiento y mantenimiento.

Consulta

Un estado de cuenta es un documento que refleja información en cuanto a los movimientos, deudas y compromisos de pago de una persona. En este caso la consulta del impuesto predial Barranquilla detalla la situación fiscal del contribuyente barranquillero. Para conocer el estatus de su deuda, el ciudadano debe consultar impuesto predial, ingresando al portal web de la Alcaldía de Barranquilla  y presionar click en el link “Pague Aquí su Impuesto Predial”

Una vez allí, deberá suministrar una serie de datos exigidos por el sistema, datos como: la referencia catastral (escrito en letras rojas) o la dirección de la propiedad (esta puede ser el chip del previo, la placa o el NIT), también se debe ingresar el año del pago del tributo, el número del formulario y la referencias del recaudo.

Al ingresar todos los datos el sistema mostrará una pantalla con el estado de cuenta del Impuesto predial Barranquilla.

Impresión

La impresión del recibo de pago o factura del impuesto es muy importante que se efectúe con una impresora láser, ya que esta es la forma de que se pueda llevar a  cabo la lectura del código de barra que trae el recibo de pago.Al realizar el pago del tributo se debe  descargar impuesto predial e imprimir tres copias de la factura, las mismas deben incluir en la parte superior derecha el contribuyente, el distrito y el banco. Las mismas deben ser entregadas en el banco al momento de realizar el depósito.

Pago

Para efectuar el pago del impuesto predial Barranquilla, el contribuyente necesita ingresar  a portal web de la Alcaldía de Barranquilla, y ubicar la casilla “Pague Aquí su Impuesto Predial”, allí debe ingresar los mismos datos relacionados con la consulta del impuesto.

Encontrará una casilla con letras rojas que dice “Referencia Catastral”, en este debe presionar click. Para continuar es necesario seleccionar las vigencias a pagar y presionar click en la opción “Liquidar”. Luego el contribuyente podrá visualizar la información referida a la factura, allí encontrará los datos básicos de la propiedad y el concepto de la deuda que va a cancelar.

Al realizar el pago, puedes cancelar un 10% más sobre el impuesto, para donarlo al gasto público. Vale la pena mencionar que este porcentaje no es obligatorio.

Te invitamos a ver a continuación el siguiente vídeo detallado sobre la forma de realizar el pago del impuesto predial:

Datos de Interés

Los ciudadanos de Barranquilla, disponen de la opción de llevar a cabo el pago del impuesto de manera fraccionada. Es decir, el monto total se divide en hasta cuatro (4) cuotas iguales, que no generan ningún tipo de costo adicional, ni interés sobre la deuda. La única condición es que las cuotas deben ser canceladas entre enero y marzo.

Para descargar el formulario de este trámite, presiona click en la siguiente dirección electrónica.

Luego deberás imprimirlo, llenarlo, firmarlo y por último llevarlo a la sede más cercana a tu domicilio. Los horarios de atención de las oficinas son de lunes a jueves de 7.00am a 12:00m  y de 1:00pm  a 5:00pm. Los días viernes comienzan a las 8:00 am.

Entidades Bancarias

Los pagos del impuesto predial Barranquilla se pueden llevar a cabo en las siguientes entidades bancarias autorizadas para el recaudo del tributo. Estas son:

El Banco Sudameris, el Banco de Occidente, el Banco de Bogotá, el Banco Av. Villas, el Banco Davivienda, BBVA y Bancolombia.

Requisitos

La Alcaldía de Barranquilla recomienda que sea el propietario quien preferiblemente, realice el pago del impuesto, ya que es el poseedor de la propiedad quien debe responder por tal trámite. Puede ser llevado a cabo por persona jurídica  y persona natural.

Persona Natural

La persona natural deberá consignar la original y una copia de la cédula de identidad y el archivo impreso de la factura.

Si es un tercero, necesita una autorización del propietario, hecha a mano y dirigida a la Alcaldía de Barranquilla. Dicha autorización debe contener los datos completos del autorizado (nombre, apellido, número de cédula) y detallar el trámite a realizar, en este caso pago de Impuesto Predial. La misma no debe exceder los treinta días de emitida.

Persona Jurídica

En caso de ser el propietario y ser persona Jurídica debes presentar el Número de Identificación Tributaria (NIT), una copia del certificado mercantil (con un periodo menor a tres meses de emisión).

Si el trámite es realizado por una tercera persona debe llevar una autorización del propietario, hecha a mano y dirigida a la Alcaldía de Barranquilla. Dicha autorización debe contener los datos completos del autorizado (nombre, apellido, número de cédula) y detallar el trámite a realizar, en este caso pago de Impuesto Predial. La misma no debe exceder los treinta días de emisión.

Asimismo debe entregar la certificación de existencia y representación legal. Este documento no debe superar los 90 días de emisión. Más una fotocopia de su cédula de identidad y de la del propietario del predio.

En ambos casos, tanto para persona jurídica como para persona natural, la tercera persona que realice el trámite recibirá las declaraciones y los pagos anuales con carácter obligatorio del contribuyente.

Cálculo del Impuesto

Son las autoridades gubernamentales de Barranquilla quienes hacen el cálculo del valor a cancelar en el impuesto predial. Para ello toman en consideración los siguientes aspectos:

  • La ubicación del Inmueble.
  • El valor del suelo al igual que el valor de la construcción.
  • Cuál es el tipo de inmueble.
  • También las características de la propiedad, entre estas destacan el número de plantas, la antigüedad y el estado de los materiales.
  • Y por último, la superficie del terreno y de la construcción.

Después los aspectos descritos anteriormente son comparados con rango máximo y con un rango mínimo del precio de la vivienda. Entonces, basándose en ese resultado y en el resultado arrojado en el avalúo catastral, se determina el valor del impuesto que el propietario del inmueble deberá cancelar.

Información Importante

En vista de la crisis que ha ocasionado la llegada de la pandemia  del Covid 19, el gobierno nacional en conjunto con la Alcaldía de Barranquilla, ha tomado medidas que benefician a los contribuyentes barranquilleros y a toda la población en general. Llevando a cabo la modificación de los plazos para el pago de los impuestos en los terrenos o predios que no son residenciales.

Cabe destacar que el gobierno local de Barranquilla hace un llamado a la sensatez del contribuyente, recordándoles que la cancelación de este tributo (impuesto predial) representa el principal ingreso del Distrito. Por lo cual se exhorta al ciudadano a realizar el pago en las fechas establecidas por el gobierno.

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Fechas y Plazos, Predios no Residenciales

A través del Decreto  0457/2020 emitido por la Alcaldía Distrital de Barranquilla, se lleva a cabo la modificación de las fechas y plazos del impuesto predial. De igual formas se modifica las fechas de descuento del pronto pago del tributo predial unificado correspondientes a los predios o propiedades de uso industrial, comercial, los lotes y otros, que son sean de uso habitacional.

En cuanto al pago del impuesto para los predios no residenciales, con un descuento del 5%, la fecha de pago correspondía hasta el día 29 de mayo del año 2020, la misma fue ampliada hasta el 30 de junio del 2020. Ahora bien, los pagos que no disponen de descuento, pueden llevarse a cabo hasta el día 31 de julio del año 2020.

Fechas y Plazos, Predios Residenciales

El Decreto 0457/2020, no contiene ningún tipo de modificación en cuanto a las fechas de pagos del impuesto de los predios residenciales. Esto quiere decir que, continúan en vigencia las mismas fechas y plazos estipulados en la ley. Los mismos serán detallados a continuación:

  • Para los estratos 1 y 2: los que se benefician con un 10% de descuento la fecha límite de pago es el 31 de julio. Los que se benefician con 5% de descuento, deberán cancelar hasta el 30 de Septiembre.
  • En cuanto a los estratos del 3 al 6: los beneficiados con el 10% cancelarán hasta el 31 de mayo, mientras que los favorecidos con el descuento de 5%, deben cancelar hasta el 30 de junio.

Beneficios a contribuyentes morosos

Por la llegada del Coronavirus, se han modificado algunos decretos establecidos con anterioridad. Tal es el caso del decreto 678 girados por el gobierno nacional a través del ministerio de Hacienda, el cual favorece  a los contribuyentes en calidad de morosos.

A fin de beneficiar a los ciudadanos que están en mora con la alcaldía de Barranquilla, debido al pago no efectuado del impuesto predial, se establecen fechas nuevas para ponerse al día en cuanto a impuestos, tasas, contribuciones y multas se refiere. Cabe destacar que estas no tendrán ningún tipo de interés ni sanción, por ahora.

Las fechas y porcentajes son las siguientes:

  • Desde la declaración de Emergencia por el coronavirus y hasta el 31 de octubre del año 2020, el contribuyente deberá cancelar el 80% del capital. Sin sanciones ni tasas de interés.
  • A Partir del 1 del mes de Noviembre hasta el 31 de Diciembre del año 2020, se debe cancelar el 90% del capital. De igual forma, sin sanciones ni tasas de interés.
  • Desde el primero de Enero y hasta el 31 de Mayo del año 2021, el contribuyente de Barranquilla deberá cancelar el 100% del capital del impuesto predial. Este no generará ni sanciones ni tasas de interés.

Hacienda Distrital de Barranquilla

La Dirección de Hacienda distrital de Barranquilla gestiona y distribuye los recursos recaudados por el impuesto predial. A fin de cumplir las metas que se establecen para mantener y mejorar la ciudad. Entre sus funciones más importantes destacan el diseño de estrategias financieras en aras de mejorar el desarrollo económico, social y de obras públicas de Barranquilla.

De igual forma, formulan, coordinan y ejecutan las políticas tributarias de la ciudad.

Trámites y Servicios

Por medio de la oficina de Hacienda Distrital en Barranquilla, el contribuyente puede realizar los siguientes trámites:

  • Cambio de propietarios de un inmueble (mutación de primera clase).
  • Separación y agregación de límites del predio (mutación de segunda clase).
  • Inscripción de nuevas construcciones, demoliciones o cambios en el destino del predio (mutación de tercera clase).
  • Estimaciones del avalúo por parte del propietario (mutación de cuarta clase).
  • Mejoras de la construcción no declaradas u omitidas durante la formación de la oficina catastral (mutación de quinta clase).
  • Rectificaciones en la inscripción de los datos del predio.
  • Corrección en los errores de los documentos catastrales (error en nombre, cédula, matricula inmobiliaria, datos en las escrituras y nomenclaturas. Asimismo errores relacionados a doble inscripción del predio.
  • Otros que se consideren necesarios.

Contacto

La Hacienda Distrital de Barranquilla para impuestos, edificio Central, está ubicada en la Calle 34 Nº 43-31, piso 1 Barranquilla, Colombia.

Labora en un horario de lunes a jueves de 7.00am a 12:00m y de 1:00pm  a 5:00pm. Los días viernes comienzan a las 8:00 am hasta las 12m y desde la 1:00 pm hasta las 5:00. La línea de atención al ciudadano es por medio de los números de teléfono: (57+5) 33 98 88 y 339 98 89. Email: atención al [email protected].

La Hacienda Distrital de Barranquilla para Impuestos/Cobros, gerencia de gestión e ingresos, está ubicada en la carrera 44 Nº 44 – 27, y trabaja de lunes a jueves desde las 7:00 de la mañana hasta las 12:00 m y desde la 1:00 pm hasta las 5:00 pm. Y los viernes de 8:00 de la mañana hasta las 12:00 m y desde la 1:00 pm hasta las 5:00 pm.

La secretaria Distrital  de Hacienda, Catastro, gerencia de Catastro está ubicada en la Carrera 54 Nº 75 – 01, laboran en un horario de lunes a viernes desde las 7:30 de la mañana hasta las 11:30 am. Y desde la 1:30 de la tarde hasta las 4:30 de la tarde.

Impuesto Predial Bogotá: Estado de Cuenta

Todo lo que se detallo ha sido en cuanto al pago de impuesto predial Barranquilla, pero, ¿cómo se maneja los trámites en otras ciudades, como por ejemplo Bogotá? Pues a continuación conocerás los detalles.

Para consultar impuesto predial Bogotá, es necesario ingresar al portal web de Hacienda en Bogotá en esta dirección. Allí se debe escribir el tipo y  número de identificación personal, luego presionar “Conectar” y listo, de inmediato puedes ver los datos relacionados al impuesto predial. Cabe destacar que para realizar la consulta, previamente el contribuyente debe estar registrado en el sistema

Registro

Por medio de la Oficina Virtual de Hacienda en Barranquilla, se realiza el registro o afiliación al sistema, para tramitar la consulta y descargar de los pagos que corresponden al impuesto predial. Lo primero es ubicar en la plataforma web la oficina virtual, luego ingresar datos en el sistema, datos como el tipo de documento de identificación personal (cédula de ciudadanía, de extranjería, NIT, pasaporte) y el número del mismo.

Presiona click en la casilla “Obtener Contraseña”, en ese momento se desplegará una pantalla en el cual se deben ingresar nuevamente los datos de identidad. Presiona “Aceptar”. En relación a los datos que hacienda tiene registrado sobre ti (como persona jurídica o natural) se harán 5 preguntas de seguridad, sencillas. A las cuales se les debe dar respuestas sinceras. De estas 5, elige tres para registrarlas en tu usuario. Estas serán de ayuda al momento de cambiar de contraseña o de correo electrónico.

Luego de las preguntas, el sistema solicita una dirección de correo electrónico válido y una contraseña, la cual debe contener un mínimo de 8 caracteres alfanuméricos y una mayúscula. Recibirás en el correo un mensaje de validación para confirmar la activación de la cuenta.

Cabe destacar que estar registrado en la oficina virtual de hacienda Bogotá es importante, ya que por medio de ella, ingresando con su usuario, el contribuyente estará informado sobre las obligaciones tributarias, además podrás descargar, consultar y pagar los tributos en relación a los pedidos, vehículos y actividades económicas.

En cuanto a Bogotá se refiere es necesario descargar la factura del impuesto en el mismo apartado de consulta, dentro de la oficina virtual de Hacienda. Dicha descarga puede ser llevada a cabo todos los días durante todo el día.

Si presentas algún tipo de dudas, puedes llamar al 195 o ingresar al chat de la página, donde recibirás respuesta a tus inquietudes. Las llamadas se realizan en un horario de 7:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde. La descarga de la factura, puede hacerse hasta el mismo día de su fecha de vencimiento. En ella se deben observar los datos del contribuyente, los del predio y los del avalúo que establece la Administración Distrital.

Pagos

En vista de que la factura le presenta al contribuyente el monto a cancelar por el impuesto predial, es necesario tener la factura descargada para poder realizar el pago. El cual puede ser llevado a cabo por medio de distintas alternativas.

Una de ellas es por medio de los canales electrónicos, usando cualquier tipo de cuenta o tarjeta (cuenta ahorros o corriente, tarjetas de débito o crédito). Otra forma de realizar el pago es por medio de las sucursales bancarias o delos corresponsales autorizados. Conoce sus direcciones en este link.

En caso de acceder al servicio del Sistema Alternativo, el cual permite realizar el pago por cuotas Voluntario para el Impuesto Predial (SAPC), el contribuyente deberá descargar la factura antes de la fecha límite de vencimiento.

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Ubicar la casilla “Me acojo al SAPC” y presionar click en ella. De esta manera el sistema aceptará la declaración y generará el cupón correspondiente.

Entidades Bancarias en Bogotá

Los pagos del impuesto predial Bogotá se pueden llevar a cabo en las siguientes entidades bancarias autorizadas para el recaudo del tributo. Entre ellas destacan:

El Banco Sudameris, el Banco de Occidente, el Banco de Bogotá, el Banco Av. Villas, el Banco Davivienda, BBVA, Banco Popular  y Bancolombia.

Corresponsales Bancarios

Los pagos del Impuesto predial Bogotá pueden ser llevados a cabo en los siguientes corresponsales autorizados:

  • Vía Baloto.
  • Grupo Éxito.
  • Movil Red.
  • Gelsa.
  • Full Carga.

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