¿Cómo darse de alta en el Programa de ISSSTE? (México)

El ISSSTE fue fundado en México en 1959 como entidad del Estado que funciona como organismo descentralizado que administra una parte de lo que se relaciona con la salud y la seguridad social de los ciudadanos. Cubre a aquellos trabajadores, pensionados y extrabajadores que hayan laborado en empresas del sector público y privado, si deseas saber cómo darse de alta en el ISSSTE quédate en este artículo.

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ISSTE

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado es aquel ente que trabaja con fianzas propias pero que es del Estado de México y que se encarga, entre otras cosas, de beneficiar a los trabajadores y a aquellos que ya pueden ser calificados como pensionados o jubilados, con servicios médicos, préstamos, seguros de invalidez, seguros de cesantía, seguros de trabajo, prestaciones sociales, medicamentos y rehabilitación cuando lo necesiten.

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado se encuentra ubicado en Jesús García Corona 140, Colonia Buenavista, Ciudad de México. Puedes llamar al siguiente número de teléfono: 51409617 o al siguiente habilitado para la atención a la ciudadanía: 54488903. De igual manera puedes escribir a este correo electrónico para presentar alguna petición, queja, sugerencia o duda: [email protected].

Los fondos que financia al ISSSTE y que cubren la totalidad de los montos de los seguros, los préstamos, las pensiones y los demás beneficios del instituto, vienen de entes del Estado y de cuotas que se descuentan a los trabajadores para estos fines. Es decir, de la administración, el fondo médico, los servicios sociales y culturales las pensiones, los préstamos personales, la vivienda, ahorro para la jubilación y riesgos de trabajo.

Cuenta individual

Esta cuenta es aquella que abre el trabajador para administrar el dinero de su pensión, esta puede abrirse en el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado o en la Administradora de Fondos para el retiro (AFORE). También puede registrar a sus familiares directos en alguna de estas entidades como medida de precaución ante algún inconveniente futuro (dejándolos a ellos como sucesores directos y otorgándoles el derecho de heredar el dinero de la pensión).

Existen diversas cuentas, cada una de ellas incluye las cuotas o aportaciones de otras cuentas como la de retiro, la de ahorro solidario o ahorro a largo plazo y las de aporte voluntario (esto incluye los intereses mensuales de cada cuenta).

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Para solicitar esta cuenta deberá dirigirse al Departamento de Recursos Humanos y verificar los siguientes datos: nombre completo, clave única de registro de población, RFC, dirección de domicilio actual y su historial de cotización. En caso de que algún dato presente un error debe solicitar la modificación de los mismos.

Alta provisional

El alta provisional puede solicitarse cuando por algún error de registro o por una suspensión sea negado el beneficio de pensión al trabajador. Solo los trabajadores o pensionados o los representantes del trabajador (con carta de poder simple o con un poder otorgado por el mismo) pueden solicitarla. Deberá consignar los siguientes documentos para solicitarla:

  • Acta de nacimiento
  • Comprobante de domicilio (puede ser un recibo de algún servicio domiciliario: luz, agua o teléfono que no tenga un tiempo de vigencia mayor de tres meses)
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Constancia de vigencia de derecho
  • Comprobante de pago
  • Documentos de identificación (vigentes)

Afiliación en el ISSSTE

Primeramente mostraremos los requisitos que deberán presentar los trabajadores si es un caso de nuevo ingreso:

  • En primer lugar, dos copias de su acta de nacimiento
  • Una copia de su Clave Única de Registro de Población
  • Dos copias de la credencial de elector (donde se visualice la ubicación de su domicilio actual)
  • Deberá presentar dos copias de la constancia de inscripción o de la constancia de servicio activo
  • Último recibo de pago
  • Tres fotos pequeñas (actuales)

Ahora bien, respecto al cambio de adscripción deberá llevar los siguientes documentos:

  • Copia de su CURP
  • Credencial de elector
  • Dos fotos pequeñas (actuales)
  • Constancia de servicio activo
  • Carnet de citas
  • Último recibo de pago

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Una vez especificado esto se debe tener en cuenta que los que se pueden registrar el ISSSTE son las siguientes personas:

  • Trabajadores
  • Pensionados
  • Extrabajadores en conservación de derechos
  • Extrabajadores en continuación voluntaria
  • Representantes (autorizados con carta de poder simple)
  • Trabajadores o pensionados directos
  • Familiar derechohabiente.

En cuanto a los familiares de los trabajadores, pensionados o extrabajadores que deseen afiliarse al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, los miembros de la familia que pueden ser registrados son: los esposos (as) o concubinos (as) según sea el caso, sus hijos o sus ascendientes de primer, segundo y tercer grado (padres, abuelos o bisabuelos).

Requisitos

Estos serán especificados según el tipo de persona a afiliar:

Cónyuge

  • Acta de nacimiento
  • Carnet del trabajador solicitante
  • Credencial de elector del trabajador y del cónyuge
  • CURP del trabajador y del cónyuge
  • Dos fotos pequeñas actuales (tipo carnet y fondo blanco)
  • Último recibo de pago

Concubina o concubino sin hijos

  • Acta de nacimiento de la concubina o concubino
  • Certificado de concubinato (mínimo cinco años de convivencia) emitido por el Tribunal Supremo de Justicia
  • Certificado de no vínculo matrimonial del trabajador y del concubino o concubina
  • Credencial electoral del trabajador y la pareja
  • Carnet de citas del trabajador
  • Dos fotos carnet de la pareja actuales (tipo carnet y fondo blanco)
  • CURP del trabajador y de la pareja
  • Último recibo de pago

Concubina o concubino con hijos del trabajador beneficiado

  • Acta de nacimiento de la pareja
  • Acta de nacimiento del hijo o hija
  • Certificado de no matrimonio del trabajador y de la pareja
  • CURP del trabajador, de la pareja y del hijo o hija (copia)
  • Carnet del trabajador
  • Credencial electoral del trabajador y de la pareja
  • Dos fotos carnet de la pareja actuales (tipo carnet y fondo blanco)
  • Último recibo de pago

Concubina embarazada

  • Acta de nacimiento de la concubina
  • CURP de la concubina y del trabajador (copia)
  • Credencial electoral del trabajador y de la concubina
  • Certificado de no matrimonio del trabajador y de la pareja
  • Certificado médico (este debe ser avalado por el subdirector médico de la Clínica de Medicina familiar)
  • Carnet de citas del trabajador
  • Último recibo de pago

Hijos de menos de dos meses

  • Acta de nacimiento del bebé
  • Credenciales electorales de los padres
  • Carnet de citas del trabajador y la pareja
  • CURP del trabajador (copia)
  • Último recibo de pago

Hijos menores de edad (de 2 meses a 17 años)

  • Acta de nacimiento del bebé
  • Credenciales electorales de los padres
  • Carnet de citas del trabajador y la pareja
  • CURP del trabajador y de cada hijo/hija (copia)
  • Dos fotos actuales del hijo o hija (tipo carnet y con fondo blanco)
  • Último recibo de pago

Hijos mayores de edad

  • Acta de nacimiento de cada hijo o hija
  • Credenciales electorales del trabajador
  • Carnet de citas del trabajado
  • CURP del trabajador y del hijo o hija (copia)
  • Dos fotos actuales del hijo o hija (tipo carnet y con fondo blanco)
  • Último recibo de pago
  • Certificado de incapacidad (si aplica)

Padres y abuelos

  • Acta de nacimiento de cada padre, abuelo o bisabuelo
  • Acta de nacimiento del trabajador
  • Constancia de dependencia económica de los padres
  • Credencial electoral del trabajador de cada padre, abuelo o bisabuelo y del trabajador
  • Carnet de citas del trabajador
  • CURP del trabajador y de cada padre, abuelo o bisabuelo (copia)
  • Dos fotos actualizadas (tipo carnet y con fondo blanco)
  • Último recibo de pago

¿Cómo darse de alta en el ISSSTE?

Registrarse en el ISSSTE es una tarea que deben llevar a cabo el trabajado, la entidad donde labore, el pensionado y los extrabajadores respectivamente. Los trabajadores deben ser registrados por la entidad donde laboren y deben entregarse a cada uno de sus empleados una copia de dicho registro o aviso de alta (como también se le conoce).

Los pensionados por su parte deberán darse de alta por medio de la Subdirección de Pensionados. Mientras que los extrabajadores que se encuentren trabajando de forma voluntaria (en una entidad incorporada al ISSSTE) deberán tener mínimo cinco años de continuidad y solicitar la continuación voluntaria en los seguros del régimen obligatorio. Los extrabajadores tienen un tiempo máximo de 60 días hábiles paa hacer este trámite.

Documentación necesaria

Se deben consignar los siguientes documentos con su original y copia respectivamente:

  • Cédula profesional
  • Credencial del IFE
  • Contrato de arrendamiento o comprobante de su domicilio actual
  • Estado de cuenta bancario
  • Hojas de servicio (para comprobar sus años laborados y hacer la cotización, esto solo si el solicitante no se encuentra registrado en el historial del ISSSTE)
  • Pasaporte vigente
  • Predial
  • Recibo del servicio de luz
  • Recibo del servicio de telefonía fija
  • Último recibo de pago

Préstamo del ISSSTE

En primer lugar debes saber que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ofrece en total siete créditos a la ciudadanía, cada uno tiene sus características y se diferencian dependiendo del tipo de solicitante que los desee obtener. Explicaremos cada uno a continuación:

Créditos a damnificados

Para este tipo de crédito se seleccionó el color café para la identificación de su planilla. El monto que se puede solicitar va desde los 30 mil pesos y aunque el monto de pago de cada uno de los plazos depende de los ingresos del solicitante y de su capacidad de pago, este puede ser de 72 a 120 quincenas.

Créditos conmemorativos

Este crédito permite obtener un monto de préstamo que va desde la antigüedad del solicitante en su trabajo, si tiene cinco años el monto va desde los seis meses de sueldo mínimo, si el tiempo laboral se encuentre entre los cinco y diez años el monto irá desde siete meses de sueldo mínimo. Mientras que si tiene más de diez años de servicio el monto será calculado desde los ocho meses de sueldo mínimo.

El color gris será el que represente la planilla de este crédito y su plazo de pago es de 48 quincenas.

Créditos especiales

El monto de este crédito es calculado de igual manera con base en la antigüedad laboral de su solicitante, si tiene cinco años en la empresa podrá obtener cuatro meses de sueldo mínimo, si tiene entre cinco o diez años serán en cambio cinco meses de sueldo básico. Si tiene más de diez años trabajando el monto irá desde los seis meses de sueldo mínimo.

Su planilla puede identificarse por su color rojo.

Créditos ordinarios

Estos créditos son solicitados con una planilla de color verde y su máximo de cotización puede variar dependiendo del momento en el que sea solicitado. Sin embargo, estos préstamos permiten al solicitante tener un monto de mínimo de cuatro sueldos mínimos.

Aún así depende de los años de antigüedad laboral que tenga la persona en su trabajo. Va entonces de tres formas desde los cinco años hasta los diez, luego desde los quince hasta los veinte y por último desde los veinte en adelante.

Créditos pensionados

La planilla de solicitud de este tipo de crédito puede identificarse por su color morado. Al conseguir este préstamo el solicitante puede disfrutar de un monto de 26 mil pesos, tomando en cuenta que la pensión equivale a 1.5 salarios mínimos.

Créditos de turismo social

Podemos identificar la planilla de solicitud de este crédito por su color rosa, es un poco similar al crédito ordinario porque el solicitante puede disfrutar de un monto que equivalga a cuatro meses del sueldo mínimo, también por la antigüedad el monto varía de cinco maneras.

En primer lugar, se calcula con base en cinco años de antigüedad, en segundo lugar con base en cinco a diez años, luego de diez años a quince, en cuarto lugar de quince a veinte años y finalmente desde los veinte años en adelante. Es importante destacar que el monto de los plazos se determinará dependiendo de los ingresos que tenga el solicitante.

Créditos para automóviles

Este último crédito tiene una planilla de color mostaza y tiene montos superiores a los anteriores aunque el cálculo es con base a lo mismo. En primer lugar si tiene cinco años podrá solicitar seis meses de sueldo mínimo, si tiene entre cinco a diez años puede solicitar siete meses de sueldo mínimo y finalmente si tiene más de diez años puede solicitar ocho meses de sueldo.

El monto del pago se calculará con un plazo único y es igual de flexible que los demás al depender de los ingresos que tenga la persona.

¿Cómo darse de alta en el ISSSTE por Internet?

Para agendar una cita médica en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado puedes hacer un procedimiento online desde la comodidad de tu casa. Solo necesitarás una computadora o un teléfono inteligente.

Lo que deberás hacer el primer lugar es ingresar en la página web oficial del ISSSTE y completar todo el formulario que te arroja la página indicando los datos que te solicita (que van desde tu nombre completo hasta tu Clave Única de Registro de Población)

Luego deberás validar los datos para que no se presente algún error antes de enviarla. El número de RFC se chequea automáticamente por el sistema pero deberás comprobar que este chequeo sea correcto.

En tercer lugar deberás seleccionar qué día que hora es más conveniente para ti tener la cita en el ISSSTE, una vez que estés seguro de tu elección haz clic en Procesar cita. Por último lo que deberás hacer es guardar que código que te arroja el sistema e imprimir el comprobante.

Si el procedimiento de agendar la cita lo realizarás por tu teléfono debes seguir los mismos pasos, sin embargo en cierta parte del mismo deberás especificar el código (que varía por estado) necesario para enviar un mensaje de texto que será necesario. Una vez agendada solo deberás esperar la confirmación y asistir el día correspondiente.

Preguntas frecuentes

Las siguientes preguntas fueron seleccionadas para brindar un poco más de información sobre el ISSSTE:

¿Donde puedo consultar mis datos laborales para saber la antigüedad de mi trabajo?

Estos datos se encuentran en el registro del ISSSTE que puede consultarse de forma online a través de su página web, en ella se suben todos los expedientes electrónicos únicos de cada trabajador beneficiario de esta entidad. Aquí puedes encontrar los datos de identificación de la persona, los datos de la entidad en la que laboral, el sueldo mínimo que cotiza y todos los períodos certificados que se derivan del movimiento del trabajador en todas las entidades en las que laboró.

¿Dónde puedo consultar la Clínica o la Unidad médica familiar que me corresponde?

Para hacer la consulta de tu clínica deberás ingresar al portal del ISSSTE con tus datos de ingreso, deberás hacer clic en el enlace de Unidad de Medicina y una vez que te asignen el código postal de la clínica que te corresponde podrás consultar cual es, puesto que el código postal varía dependiendo de la ubicación del domicilio que la clínica tenga registrada

¿Dónde puedo consultar los datos de mis familiares registrados en el ISSSTE?

Los datos de tus familiares pueden ser consultados, al igual que los tuyos, en la página oficial del ISSSTE o directamente en las oficinas más cercanas a tu domicilio.

¿Qué ocurre si el derechohabiente fallece?¿Qué sucede con el dinero que le correspondía de su pensión o seguro social?

Cuando el titular de su beneficio en el ISSSTE fallece por las causas que sean, los fondos quedan a nombre de un familiar directo, el ISSSTE solicita a todo derechohabitente que especifique uno o más sucesores de manera que la cuenta pueda quedar a nombre de ellos en caso de que ocurra algo como esto.

En este sentido la persona deberá verificar en los datos del trabajador si se encuentra registrado como sucesor heredero de su pensión, esto puede verse contemplado en una lista realizada por el trabajador. Por lo que comprobar esta lista será primordial, sin embargo, en caso de que no se encuentre registrado ningún sucesor un familiar directo puede solicitar el dinero correspondiente a la pensión luego de realizar ciertos trámites.

Los familiares que pueden solicitar la titularidad de esta pensión son su cónyuge (viudo o viuda) que demuestre que dependía económicamente del fallecido, así como la pareja de hecho (persona con la que el derechohabiente mantenía una relación legal de concubinato). También los hijos menores de 16 años, los ascendientes de primer y segundo grado (padres y abuelos) o aquellas personas discapacitadas que, al igual que el cónyuge, demuestren que dependían económicamente del trabajador.

En caso de seas alguno de estos familiares, lo primero que deberás hacer es dirigirte a la Subdelegación del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) para solicitar la resolución de la pensión, luego deberás ir a Afore con la carta de defunción y solicitar el formato de Disposición de recursos y completarlo con los datos que te solicita.

En el mismo lugar procederán a procesar la solicitud luego de verificar los datos del familiar solicitante y podrás disponer el dinero que tenía el trabajador correspondiente al beneficio que tenga en el ISSSTE.

En todo caso, se recomienda que se cree un plan de ahorro para mantener cierta cantidad de dinero destinada a imprevistos médicos o para dejar como testamento a los sucesores, esto también puede servir cuando el trabajador queda desempleado. Puedes comenzar este plan con distintas compañías de seguros o con entidades bancarias.

¿De qué se trata el aumento de años de edad de los trabajadores?

Cada dos años ocurre un aumento en los años de edad del trabajador según l0 que establece la ley, en este sentido cada dos años se aumenta uno más a la edad del trabajador. Esto beneficia el total de años cotizados que son primordiales a la hora de solicitar los beneficios del ISSSTE.

Por ejemplo, se necesitan mínimo diez años para que se pueda otorgar la cesantía de edad avanzada, quince años para que se pueda solicitar la pensión por años de servicio, entre 28 y 30 años para que se pueda pedir la pensión de jubilación, y dependiendo de cada caso se calcularán los años requeridos para que se pueda otorgar otro tipo de beneficios como la pensión por invalidez o por viudez.

¿Los requisitos varían dependiendo de si soy hombre o mujer?

Aunque legalmente se fomenta la igualdad en los procesos administrativos de los Estados Unidos de México, hay ciertos requisitos que varían pero sin la intención de causar algún conflicto entre los solicitantes. Un ejemplo de esto es que a las mujeres se les exige una edad menor para que puedan solicitar la pensión, mientras que a los hombres se les exige una edad mayor.

Aquellos que cumplan con los requisitos pero deban esperar la edad legal para solicitar la pensión ¿deben continuar trabajando mientras tanto?

No deberás continuar con su labor una vez que ya cumplan con el tiempo mínimo de trabajo, la cotización dependerá de sus años laborados por lo que si desean pueden continuar haciéndolo pero no es estrictamente obligatorio.

Como fue expuesto anteriormente, el tiempo mínimo son cinco años, sin embargo mientras más años tenga trabajando más tiempo puede cotizar y más dinero podrá solicitar de pensión y de créditos (en caso de que desee solicitar alguno).

¿Ante qué autoridad debo dirigirme si necesito solicitar legalmente el pago de mi pensión?

La única entidad que puede responder a todo lo relacionado con la pensión es el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por lo que si hay algún inconveniente deberás presentar un escrito a la dirección de la misma o a la delegación que corresponda al tipo de inconveniente que se presente.

En caso de que, por ejemplo, se cumpla con el requisito mínimo de edad para solicitar la pensión (55 años) y con el mínimo de años cotizados (15 años) y sea negada la pensión, el trabajador puede solicitar un juicio de amparo indirecto en la Suprema Corte para resolver el caso.

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